Una vez mas la Corte Suprema se quita el lazo de encima en un recurso de amparo ambiental contra el Estado Nacional y las provincias de Buenos Aires, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Se declara incompetente en un caso de gravísimo daño ambiental por la sistemática pesca ilegal llevada a cabo por embarcaciones y flotas extranjeras en la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEE). Otro claro ejemplo de que la Corte no es un tribunal al que podamos recurrir para defender el art. 41 de la Constitución Nacional. Una vez mas debo insistir en que los recursos de amparo no sirven en los casos donde tenemos claros delitos ambientales.